REGLAS DEL FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN INTERNO DE LA COFRADÍA DEL SANTÍSIMO CRISTO DE LOS FAVORES DEL CUERPO DE HORQUILLEROS
Regla 1.-
Regla 2.-
Regla 3.-
El Secretario de la Cofradía llevará una lista por orden riguroso, de todos aquellos fieles, sean hermanos de la cofradía o no, que quieran salir de horquilleros. De esta lista, todos los años saldrán cuatro. Se podrán inscribir solo por un año, y si por alguna causa no pudieran salir, no podrán ceder su turno a otro, de este modo entraría el que le sigue en la lista, pudiéndose permutar con el titular, sólo si es por causa de fuerza mayor. En el caso de que esta lista no tuviera los suficientes hombres para cubrir las cuatro plazas, estas vacantes serían cubiertas por hermanos cofrades que designará la Junta de Gobierno.
Regla 4.-
Para obtener el privilegio de pertenecer al Cuerpo de Horquilleros será necesario ser mayor de edad, con al menos cinco años de antigüedad en la cofradía. El interesado solicitará su ingreso al Postor, el cual lo estudiará con la Junta de Gobierno, cuando haya vacantes.
Se tendrá en cuenta para ser admitido la antigüedad y el haber colaborado con la Cofradía cuando se le hubiera requerido.
Regla 5.-
Regla 6.-
Además de los que se recogen en los Estatutos tendrán los siguientes derechos:
Elegir el Postor y al Postor suplente, cuando estos puestos quedaran vacantes, bien por dimisión de sus titulares, o por haber sido cesados por la Junta de Gobierno, por incumplimiento de lo establecido en estas reglas. Una vez elegidos, estos, tendrán que ser refrendados por la Junta de Gobierno.
Poder ceder su puesto por un año, cuando el beneficiado sea hermano de la Cofradía y mayor de edad, y siempre que el postor acepte la conformidad del cambio.
Ser elegible para el puesto de Postor o Postor suplente, siempre que cumpla los requisitos exigibles para tales fines.
En caso de sanción, ser oídos antes por la Junta de Gobierno.
Regla 7.-
Además de las que se recogen en los Estatutos, tendrán las siguientes Obligaciones:
Deberán estar disponibles cuando la Junta de Gobierno los solicite para el traslado del trono o de la Imagen.
Asistir a las reuniones que convoque el Postor.
Aceptar el sitio que les asigne el Postor en el trono.
Aceptar y obedecer todas las órdenes que el Postor les indique, no pudiendo ser rebatidas ni discutidas durante la estación de penitencia.
Al igual que el resto de hermanos se les exigirá el máximo silencio durante la estación de penitencia, exhortándoles a que no den ni respondan a posibles vítores que se lancen desde el público. No se permite el canto de saetas ni intervenir en el canto de las sátiras de los incensarios. Si un horquillero deseara, por alguna circunstancia cantar, en la parada anterior, lo solicitará al manijero y si este se lo autoriza, saldrá de debajo del trono para hacerlo, reintegrándose de nuevo a su puesto.
No les está permitido ceder su puesto durante la estación de penitencia a otras personas, ya sean hermanos cofrades, o público que se lo soliciten.
Se les exigirá para la estación de penitencia la máxima puntualidad. El Postor les indicará la hora en la que deben estar en la iglesia para preparar la salida. Así mismo, se presentarán correctamente uniformados.
Regla 8.-
Regla 9.-
Falta leve: De apercibimiento a dos años de suspensión como miembro del Cuerpo de Horquilleros.
Falta grave: De dos a cinco años de suspensión como miembros del Cuerpo de Horquilleros.
Falta muy grave: Cese como miembro del Cuerpo de Horquilleros.
Regla 10.-
Para poder obtener el cargo de Postor del Santísimo Cristo de los Favores, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
Ser miembro del Cuerpo de Horquilleros con, al menos 10 años de antigüedad. Este cargo conlleva una de las máximas responsabilidades de la cofradía, y además debe ser considerado como un honor para quien lo ostente.
Regla 11.-
Regla 12.-
Regla 13.-
Dirigir los movimientos del trono durante la estación de penitencia, atendiendo a las recomendaciones que le hacen los organizadores del guión. El postor es el máximo responsable del trono y de los horquilleros.
Velar porque los horquilleros estén puntualmente en la iglesia para preparar la salida del trono, procurando también que estos se presenten correctamente uniformados.
Asignar a cada horquillero el puesto a ocupar en el trono.
Velar porque las almohadillas y horquillas estén preparadas y en perfecto estado para la estación de penitencia.
Entregar, recoger y guardar cada año, las ropas de los horquilleros de la lista de promesas.
Convocar cuantas reuniones considere necesarias para el buen desarrollo de la estación de penitencia, así como convocar a los horquilleros para los traslados.
En las ocasiones en las que algún miembro del Cuerpo permanente de Horquilleros por fuerza mayor no pudiera salir, decidir el hermano o hermanos cofrades que ocuparían esta o estas vacantes.
En las ocasiones que el Postor Suplente no pudiera salir, nombrar un sustituto para ese año.
Apercibir, amonestar o reprender a aquel o aquellos horquilleros, que no tuvieran una correcta actitud durante el transcurso de la estación de penitencia, llegándoles incluso a poder expulsar de la mismo si no existiese rectificación en su conducta.
Informar, estudiar y decidir con la Junta de Gobierno sobre las posibles solicitudes de ingreso en el Cuerpo de Horquilleros cuando hubiera vacantes
Regla 14.-
Pertenecer como vocal a la Junta de Gobierno, de modo permanente.
Enviar a la Junta de Gobierno la relación de los miembros del Cuerpo de Horquilleros permanente y procurar mantenerla actualizada.
Notificar a la Junta de Gobierno los nombres de los hermanos cofrades nombrados para sustituir las posibles vacantes temporales en el supuesto de que las hubiera. Así como aceptar a los 4 horquilleros de la lista de promesas, en todos los casos.
Colaborar con los organizadores del guión, para el buen desarrollo del mismo, siendo responsable también de que los horquilleros a su cargo guarden el silencio y la compostura propias.
Acatar las órdenes directas que le sean dadas por el Hermano Mayor durante la estación de penitencia.
Informar puntualmente al Hermano Mayor de cualquier incidente que pueda o pudiera surgir durante el transcurso de la estación de penitencia, sobre todo si fuese una circunstancia ajena a la procesión.
Informar a la Junta de Gobierno sobre la incidencias que se recogen el el apartado I de la regla 13, si es que las hubiera, con el fin de estudiar el caso y, una vez oído al infractor, aplicarle la sanción correspondiente si procede.
Velar por el cumplimiento de estas reglas.
Regla 15.-
Regla 16.-
Será el encargado de asumir las funciones y obligaciones del postor en caso de que este, por fuerza mayor, no pudiera dirigir el trono. En el caso de que el postor tuviera que abandonar sus funciones una vez iniciada la estación de penitencia, alternará su puesto de horquillero con el de postor, solicitando la colaboración del mayordomo de trono.
Regla 17.-
Regla 18.-
Regla 19.-
Regla 20.-
Regla 21.-
Túnica de color negro, con el escudo de la cofradía bordado sobre el pecho en el lado izquierdo.
Pantalón a la rodilla negro, con borlas negras.
Pañoleta de cabeza negra, ceñidor negro y medias negras.
Alpargatas negras.
Cordones de pita cruzados sobre el pecho y atados a la cintura de tres cabos. De la punta de cada uno de los tres cabos salen tres borlas labradas sobre el propio cordón.